20 Oct

Nuevo Preventic

El MINTIC publicó para comentarios el proyecto de resolución para la nueva política de PREVENTIC.

 

La resolución MINTIC 3160 del 2017 establecía la política PREVENTIC para que los PRST que estuvieran incumpliendo algunas de las normas regulatorias, antes de cualquier visita de auditoría, acordaran de manera voluntaria un Plan de Mejoramiento que establecía un cronograma preciso y un procedimiento para informar sobre el oportuno cumplimiento de ese ACUERDO DE MEJORA. Si este se cumplía a cabalidad, el PRST quedaba con el estatus de CUMPLIMIENTO y se eximía de cualquier posible investigación y posterior sanción. Si el acuerdo no se cumplía, al PRST se le abría una investigación administrativa  y terminaría sancionado.

 

Existió a finales del 2019 y principios del 2020 la intención de derogar la 3160, sin embargo no se “materializó” en una resolución.  Sin embargo, estaba para comentarios un proyecto de resolución que MODIFICA la 3160. El plazo para comentarios ya finalizó. La propuesta de MINTIC es la siguiente:

 

  1. MINTIC se fundamenta en jurisprudencias a de la Corte Constitucional según las cuales, el ejercicio de la facultad sancionadora es reglada y no discrecional. Lo que implica que es una obligación imperativa de MINTIC sancionar cuando se ha cometido una infracción normativa por parte de un PRST.
  2. La nueva política de PREVENTIC excluye lo relacionado con el Régimen de Calidad y todo lo relacionado con protección a la Infancia y Adolescencia.
  3. El PRST hará una autoevaluación. Como resultado de la misma escribirá un compromiso y lo remitirá a MINTIC (solo se podrá presentar un compromiso cada semestre y espaciados seis meses). El plazo máximo de cumplimiento del compromiso es de tres meses. Debe remitir el resultado de las acciones a las que se comprometió dentro de los tres días siguientes 
  4. La resolución clasifica estados de cumplimiento del compromiso como:

 

  1. Incumplimiento de acciones preventivas que aún no se MATERIALIZAN como NO CONFORMIDADES. Efecto NINGUNO.
  2. Incumplimiento de acciones preventivas que se materializan como NO CONFORMIDADES. Consecuencia: Recomendaciones, Investigación y sanción
  3. Incumplimiento de acciones correctivas. Recomendaciones, Investigación y sanción
  4. Cumplimiento de acciones correctivas: Amonestación o rebaja de sanción.

COMENTARIO: La ley 1978 del 2019 ya prevé rebaja de sanciones si se corrige la conducta del PRST antes o dentro de los cinco días siguientes a la apertura de la investigación del 75%, 50% dentro de los quince días siguientes y hasta la tercera parte hasta antes de la culminación del período probatorio.

Por lo que no se ve ningún aliciente para enviar un compromiso a MINTIC, si la consecuencia en la sanción es la misma que si no lo hace y espera mejor la auditoría.

Por otra parte, no se me ocurren ejemplos de acciones preventivas para establecer en un compromiso y que se puedan materializar en INCONFORMIDADES. Porque o el PRST está cumpliendo (no hay acciones preventivas a reportar) o no está cumpliendo (solo acciones correctivas a reportar). 

En la práctica, no existe PREVENTIC!

ACCIONES A TOMAR: Revise su estado de cumplimiento de las Normas regulatorias.  Si encuentra que está incumpliendo efectúe las correcciones que sean necesarias de manera que no tendrá ningún temor si llega una auditoría. 

Criteria Consulting le ayuda eficazmente a lograr el objetivo!

Estas son las que debe cumplir un ISP. Para otros servicios, nos pueden consultar:

  • Reportes mensuales, trimestrales o anuales de Información 
  • Medición y reportes de parámetros de calidad
  • Página web ajustada a las normas regulatorias
  • Información técnica auditable
  • Filtrado de páginas o URLs de pornografía infantil
  • Pago correcto de contraprestaciones periódicas a FONTIC y contribución a la CRC.
  • Póliza para garantizar el pago de contraprestaciones
  • Contratos para usuarios y clientes ajustados a las normas
  • Cumplimiento del Régimen de Protección de Derechos de los Usuarios (varias obligaciones que sería muy extenso enumerar)
  • Cumplimiento de Normas de la Agencia Nacional del Espectro (Bandas no licenciadas y límites a las emisiones de radiofrecuencia).

Lo mejor es dejar estas tareas en manos de expertos!